BAJA DEFINITIVA ORDINARIA
La baja definitiva de un vehículo se solicita cuando se quiere retirar un vehículo de la circulación cuando se estima que ha llegado el fin de su vida útil.
Este trámite lo llevamos a cabo los centros denominados CAT ( Centro Autorizado de Tratamiento), y nos encargamos de la baja definitiva y su posterior descontaminación, emitiendo un Certificado de Destrucción, ya que una vez dado de baja, el vehículo pasa a ser un residuo peligroso porque contiene elementos altamente contaminantes que requieren un tratamiento especial.
El Certificado de Destrucción se emite para acreditar el fin de la vida útil del vehículo y también justifica la Baja en Tráfico.
Para poder dar un vehículo de Baja es necesario presentar en el CAT:
- El vehículo, en caso de sustracción/robo se debe presentar la denuncia del hecho ante las autoridades competentes.
- Documentación del vehículo, ficha técnica y permiso de circulación. En caso de pérdida o robo es conveniente presentar la denuncia y/o una declaración de extravío de documentación.
- Documento que acredite la identidad y el domicilio del titular. En caso de personas jurídicas, tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del que firme. Y si se diese el caso de fallecimiento del titular habría que presentar una Declaración responsable de fallecimiento del titular.
Siempre puede acceder a esta información a través de la página de la DGT.
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